VENTA PH 2 AMBIENTES EN SEGUNDO PISO AL FRENTE!!!!

Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Liniers
US$ 88.000

Características

  • Valor: US$ 88.000
  • Region: Ciudad Autónoma de Buenos Aires
  • Localidad: Liniers
  • 1 Habitaciones
  • 1 Baños
  • 38 m²

Descripcion

SE VENDE EXCELENTE UNIDAD!!!!! 
PH 2 AMBIENTES AL FRENTE EN SEGUNDO PISO RECICLADO ÍNTEGRAMENTE A NUEVO!!!!
Complejo de 8 unidades en total. Bajas expensas. 
Se ingresa al living comedor de la propiedad con salida al balcón corrido amplio muy luminoso gracias a su orientación norte. Cocina amoblada en bajo alacena y mesada. Reciclado tipo Nórdico. También se hicieron los pisos de madera y porcelanato en baños. Baño completo hecho a nuevo con receptáculo de ducha y lavadero. Se cambiaron cañerías, griferías, revestimientos hace 4 años. Solo quedó original el frente del placard y el piso de madera del dormitorio.
Excelente ubicación sobre Av. Tonelero. a 300 metros de Av. Rivadavia. a 200 metros de Av. Larrazabal. Numerosas líneas de transportes cercanas. 

Actualmente se encuentra alquilada la unidad hasta Febrero 2025. 


NO DUDE EN CONSULTAR!!!! 
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COMERCI PROPIEDADES.
Claudia Comerci, C.U.C.I.C.B.A. Matrícula N° Nº 9.102.

AVISO LEGAL: Toda la información detallada en los avisos (vgr. descripciones físicas y/o funcionales, equipamiento, servicios), y su ilustración en fotos, renders, croquis y/o planos, deben entenderse como meramente orientativas y sujetas a verificación o inspección como previo a la concreción de operaciones de transmisión de derechos.

Ley 5.859, Art. 4: Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes"

De conformidad con lo normado por el Art. 1 de la ley 5.115, deberán entenderse como "accesibles" para las personas con discapacidades físicas sólo aquellos inmuebles cuyo aviso así lo determinare expresamente.

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