Caracter铆sticas
- Valor: US$ 350.000
- Region: Provincia de C贸rdoba
- Localidad: C贸rdoba
- Zona: San Pablo
- 1428 m虏
Descripcion
VENDO LOTE EN BARRIO SAN PABLO EN LA CALLE OLAEN 2726,COLINDA CON CALLE AL SUR CON CALLE COPINA Y AL OESTE CON CALLE RUMIPAL.CONSTA DE 1428 METROS CUADRADO CON SERVICIOS DE AGUA Y LUZ.
IDEAL PARA HACER UN EMPREDIMIENTO DE EDIFICIO YA QUE DA EN UNA ESQUINA DONDE DESEMBOCA CON 3 CALLES
ZONA H1
Art. 59掳.- LA presente Zona se regir谩 por las siguientes disposiciones:
1. Car谩cter Urban铆stico
Zona de ubicaci贸n perif茅rica, destinada a extender la urbanizaci贸n con un uso residencial de
mediana densidad, con vivienda individual, individual agrupada y colectiva, donde se alienta la
localizaci贸n de planes de vivienda a trav茅s de intensidades de edificaci贸n diferenciada, mayor
n煤mero de unidades por parcelas y formas variadas de ocupaci贸n.
Restricci贸n media al asentamiento de actividades industriales o asimilables. Actividades de
servicio orientadas a la poblaci贸n barrial.
2. Delimitaci贸n. Seg煤n plano de Zonificaci贸n.
3. Ocupaci贸n y Edificaci贸n
a) Factor de Ocupaci贸n del Suelo (F.O.S.) m谩ximo: 70 (setenta por ciento).
b) Factor de Ocupaci贸n Total (F.O.T.) M谩ximo: 1 (uno).
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c) Altura m谩xima de edificaci贸n: 10,50 (diez con ciencuenta) metros.
d) Retiros de L铆nea de Edificaci贸n de frente: seg煤n Art铆culo 9掳.
4. N煤mero M谩ximo de Unidades de Vivienda por Parcela: Seg煤n Tabla N掳
2 (Art. 42掳) y lo especificado en 5.b. del presente Art铆culo.
5. Disposiciones relativas a Planes de Vivienda
Los planes de vivienda a materializarse en la presente Zona deber谩n respetar las
disposiciones de los puntos 1 a 4, sin perjuicio de la observancia de las siguientes
disposiciones espec铆ficas.
a) Planes de hasta 200 viviendas: Podr谩n materializarse total o parcialmente con
cualquiera de los tipos de vivienda regulados en la presente.
b) Planes de mas de 200 viviendas: Podr谩n materializarse totalmente con vivienda
individual y/o individual agrupada, o con vivienda individual y/o individual agrupada y vivienda
colectiva. En este 煤ltimo caso, solo se autorizar谩n con la condici贸n de que del total de las
viviendas proyectadas un m铆nimo del 25 (veinticinco por ciento) sean de tipo individual y/o
individual agrupada, con una tolerancia, en menos, de hasta un 10 (diez por ciento) de
dicha cantidad. Tambi茅n solo en este caso y para las parcelas destinadas a viviendas
colectivas se admitir谩 una relaci贸n m铆nima de una unidad cada 100 m2 (cien metros
cuadrados) de suelo.
c) En cualquiera de los casos en que se materializare con vivienda individual agrupada, ser谩
de aplicaci贸n para el c谩lculo del n煤mero m谩ximo de unidades de vivienda por parcela, frente y
tama帽o m铆nimo de superficie propia de uso exclusivo, lo dispuesto al respecto para Zona K.
d) Normas de ocupaci贸n y edificaci贸n para viviendas colectivas:
Factor de Ocupaci贸n del Suelo (F.O.S.) m谩ximo : 60 (sesenta por ciento)
Altura m谩xima: 12,00 (doce) metros.
Retiros de todos los linderos: iguales o mayores que 1 / 3 de la altura pero nunca inferior
a 4,00 (cuatro) metros.
Cuando la altura de edificaci贸n no supere los 10,50 (diez con cincuenta) metros, no ser谩
exigible el retiro de linderos.
Uso del Suelo (Ord 8133)
Patr贸n
IIa
Descripci贸n patr贸n
Act cuyos procesos productivos, escala de producci贸n y magnitud laboral son de impacto e interferencia en el entorno, con uso intensivo del suelo. Compatibles con los usos residenciales pero con restricciones constructivas, de edificaci贸n y/o t茅cnicas adecuadas
Informaci贸n adicional
Localizaci贸n
Podr谩n localizarse en 谩reas de dominancia residencial de baja densidad de diferente antig眉edad y conformaci贸n, de localizaci贸n perif茅rica en su mayor铆a.